ADMINISTRAR CONSORCIOS EN LA CRISIS
- sygconsorcios
- 3 mar 2020
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Estamos atravesando una situación muy compleja, no sólo en los Consorcios sino también en los demás sectores de la economía; el escenario que se presenta para los edificios y conjuntos inmobiliarios (clubes de campo, barrios cerrados o privados, parques industriales, empresariales y náuticos o cualquier otro emprendimiento urbanístico – independientemente del destino de vivienda permanente o temporal, laboral, comercial o empresarial que se le haya dado – incluidos aquellos que contemplan usos mixtos) es considerablemente complicado.
El incremento en los costos de funcionamiento se acelera a un ritmo alarmante, lo que conlleva la actualización -casi permanente- de los presupuestos mensuales; ello, sumado a la depreciación que sufren los salarios por efecto de la inflación, se transforma en un cóctel casi explosivo que afecta la sustentabilidad económica de los Consorcios, cuya consecuencia inmediata es la mora incipiente. La crisis se potencia en los edificios conformados por un número reducido de unidades, las que están obligadas a soportar expensas de montos elevados.
Se estima que, en las actuales circunstancias, la morosidad por pago de expensas supera holgadamente el 35 %. Para un Consorcio, ese porcentual resulta muy difícil de afrontar, tanto más cuanto que los recursos en concepto de expensas comunes son suficientes únicamente para resolver los gastos ordinarios, por lo que cualquier retraso en los ingresos pone al rojo vivo su situación financiera.
A diferencia de lo que acontece en lo particular, comercial o empresarial, los Consorcios no cuentan con alternativas de financiamiento, de modo que – de acentuarse la crisis- el detonante sería la cesación de algún pago, en especial a los proveedores.
Los encargados de edificios de Propiedad Horizontal obtuvieron, en el período julio de 2018 / julio de 2019, un incremento del 83 % en sus salarios, sumado al convenio colectivo de trabajo Nº 589/10 que en su artículo 15, inciso 7, indica que el trabajador deberá recibir junto a la segunda cuota de aguinaldo de cada año un adicional equivalente al 20 % sobre la remuneración básica de cada trabajador y según la categoría que revista.

Tomando la categoría 3º, la más común y con una jornada laboral de 8 horas, el adicional rondaría los $ 7.500, este monto se suma a lo dictado recientemente por el PEN que en conjunto y de común acuerdo con algunos sectores sindicales, como la CGT, aprueban un bono de $ 5.000 para los empleados del sector privado, con el agregado que es no remunerativo, pero a cuenta de futuras paritarias, todo lo cual no representa el problema de fondo; el mayor inconveniente radica en que, en conjunto, la remuneración salarial y los aportes y contribuciones que de ella derivan representan hasta un 70 % del presupuesto mensual de gastos.
Además, distintos organismos públicos y privados, como Municipalidad, Dirección de Bomberos, Distribuidora de gas licuado, Empresa Provincial de Energía, por citar a algunos, exigen el cumplimiento de normas inherentes al resguardo de la seguridad de la estructura, bienes y personas que – en muchos de los casos – son de imposible cumplimiento, tanto en lo edilicio como en lo económico.
Sin dejar de reconocer el aporte al bien común, resulta imprescindible reiterar la necesidad de que se contemple la tipología de los edificios de antigüedad considerable; hasta el momento, las respuestas obtenidas a las peticiones elevadas únicamente se tradujeron en proyectos de modificación de la legislación vigente.
Hoy está en juego la calidad de vida consorcial; administradores y copropietarios evalúan la disminución de los gastos ordinarios mediante la reducción / eliminación de prestaciones, sin afectar los servicios esenciales ni el cumplimiento de los requerimientos legales correspondientes.

La situación se torna más difícil si el Consorcio cuenta con el servicio de seguridad y vigilancia privada. En general, continúa tanto la reducción en la jornada de trabajo como la desvinculación de personal asignado en los distintos objetivos.
Conocedores de la decisión de un buen número de inquilinos de compartir vivienda y costos de alquiler y expensas, del pago “a cuenta” de expensas, de la reducción de costos en algunos edificios, como la instalación de relojes temporizadores para circunscribir la iluminación a las horas de la noche, la colocación de luces de tipo led, la disminución del número de luminarias, el menor uso de elementos de limpieza, la selectividad en la utilización de ascensores e, inclusive, la extinción del vínculo con personal en relación de dependencia, es posible afirmar que la diversidad en el recorte es tan significativa que no existen límites para el ajuste.
(Carlo Alberto Ieno – Administrador de consorcios). Créditos: caphcordoba.com.ar
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